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Registro de grandes tenedores de viviendas en Cataluña

El Decreto que regulará el Registro de grandes tenedores de viviendas en Cataluña se prevé que será aprobado por el Govern en octubre

El Decreto que regula el registro de grandes tenedores de viviendas en Cataluña se encuentra en fase de exposición pública y se prevé que sea aprobado por el Govern en octubre. El decreto establecerá, también, un marco normativo para el funcionamiento de los registros de viviendas vacías y de pisos ocupados.

Serán considerados, según el texto, como grandes tenedores de vivienda los propietarios que posean un mínimo de cinco viviendas en zonas declaradas como tensionadas , o en el resto de zonas, diez viviendas o 1500 m2 de superficie, sin incluir trasteros y plazas de aparcamiento.

El registro de grandes tenedores de vivienda, que será obligatorio y puede suponer sanciones si no se cumple, tiene la finalidad de localizar a los propietarios que según la Ley deben ofrecer sus viviendas como alquiler social o alternativo (en caso de impagos). Estos propietarios deberán, además, asumir la subida al 20% del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP).

Las personas jurídicas en zonas tensionadas que quieran transmitir viviendas, hasta que no entre en vigor que regula el Registro obligatorio, deberán justificar con certificación registral el número de viviendas de que son propietarias en el momento de formalizar la escritura de compraventa.

Más info: https://www.inmonews.es/registro-grandes-tenedores-viviendas-cataluna/